Publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis santitaria ocasionada por el COVID-19.
- Se entenderá por población infantil los niños y niñas menores de 14 años
- Dicha circulación queda limitada a la realización de un paseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor, entre las 9:00 y las 21:00h
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BOE-A-2020-4665Edited: 12.00h